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DEMARCACIÓN DE LAS RONDAS HÍDRICAS EN LAS CUENCAS DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA ES UNA REALIDAD

El profesional especializado de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER, José William Vélez Santa, Ingeniero Civil, encargado de la formulación de proyectos de la Oficina Asesora de Planeación, habló acerca de cómo se desarrolla el decreto que estableció el Gobierno Nacional en relación con el  ordenamiento de Cuencas, específicamente lo que tiene que ver con la demarcación de las rondas hídricas en las cuencas del Departamento de Risaralda.

El Decreto – Ley 2245 – 2017, desarrollado mediante la  guía para la demarcación de las rondas hídricas, resolución 0957 – 2018 expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dicha resolución establece en su artículo segundo – Vigencia “ Las autoridades ambientales competentes tendrán un plazo de hasta 6 meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución (31 de mayo de 2018), para establecer mediante acto administrativo, el orden de prioridades con el que se iniciará el acotamiento de las rondas hídricas en su jurisdicción”; mediante la Resolución 1510 del 30 de noviembre de 2018 La Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER, adoptó dicha metodología, y expidió documento técnico que forma parte de dicho acto administrativo y se encuentra publicado en el SIAE de la entidad en el link http://siae.carder.gov.co/; este documento establece el orden respectivo sobre el cual la entidad realizará la demarcación de las rondas hídricas sobre las 447 sub cuencas que tiene el Departamento de Risaralda.

Para dicha demarcación o distancia de protección de los cuerpos de agua (Hidráulica-Geomorfológica-Ecosistémica), la Corporación Autónoma de Risaralda, pretende hacer un convenio inter administrativo con una universidad de la región en la cual aplique el documento de priorización y demarque dos cuencas, una urbana y otra rural y la entidad en cabeza de la Oficina Asesora de Planeación- Grupo SIAE, hará el ejercicio propio sobre la cuenca del río Otún, de tal manera que ese ejercicio sea de dominio de la CARDER y que se pueda continuar haciendo la demarcación de las cuencas en el Departamento de Risaralda.

En el proceso de adopción del decreto (documento técnico) y expedición de la resolución 1510 del 30 de noviembre de 2018, la CARDER adelantó mediante el Comité técnico que forma parte del Proceso de Gestión Integral y Ordenamiento Ambiental del Territorio, donde asisten los técnicos de la entidad, la aplicación de la metodología sobre las 447 subcuencas del departamento, ejercicio que permitió la creación del documento técnico mencionado; proceso que tuvo una duración cercana a  3 meses.

La metodología de la guía la cual fue adoptada por la entidad, establece para la priorización para la demarcación de las rondas hídricas, tener encuenta, en cada uno de los drenajes:

  1. Drenajes que cruzan áreas urbanas
  2. Cuencas con plan de ordenación
  3. Microcuencas donde se ubican bocatomas de acueductos veredales y urbanos
  4. Microcuencas con áreas de los valles aluviales con ocupaciones por actividades antrópicas ( Estanquespiscícolas, Explotación de agregados pétreos, etc )
  5. Zonas de microcuencas con conflictos de uso.
  6. Microcuencas donde se localizan proyectos de pequeñas centrales hidroeléctricas.

#Ejealdia 






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