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COMUNICADO DE PRENSA SUBSIDIO DE EMERGENCIA

Comfamiliar Risaralda a través de su Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Incluyente, comparte las medidas implementadas para otorgar el beneficio de protección al cesante, que nace en el marco de las medidas sectoriales en atención a la emergencia económica, social y ecológica declarada a través del Decreto 417 de 2020, el cual tiene como propósito atender a cesantes que se postulen durante la emergencia económica causada por el COVID-19 en Colombia, buscando mitigar los efectos negativos del desempleo en los trabajadores y sus familias.


Los beneficios aplican para las personas que estén en condición de cesante y se postulen desde la expedición del decreto (488 del 27 de marzo de 2020), hasta que termine la emergencia económica, social y tecnología declarada en el decreto 417 del 17 de marzo de 2020, o hasta donde permita la disponibilidad del recurso.


El beneficio consiste en:
a. Aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensión, calculado sobre (1) un salario mínimo legal mensual vigente, se pagará por máximo seis (6) meses, según lo descrito en la ley 1636 de 2013.


b. Acceso a la Cuota Monetaria del Subsidio Familiar en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicable al Sistema de Subsidio Familiar. se pagará por máximo de seis (6) meses, según lo descrito en la ley 1636 de 2013.


c. Transferencia económica por un valor de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, divididos en tres (3) mensualidades iguales que se pagarán mientras dure la emergencia y, en todo caso, máximo por tres (3) meses.

REQUISITOS PARA POSTULARSE AL SUBSIDIO DE EMERGENCIA

  1. Haber sido trabajador dependiente o independiente.
  2. Que se encuentre cesante al momento de la expedición del Decreto 488 del 27 de marzo 2020, o que mientras duren los hechos que dieron lugar a la declaratoria de Emergencia quede cesante.
  3. Ser cotizante categoría A o B (Categoría A si recibía entre 0 y 2 SMMLV – Categoría B si recibía entre 2 y 4 SMMLV).
  4. Haber realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un (1) año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos cinco (5) años.

A partir de hoy se puede descargar el formulario y pueden conocer documentos que se deben adjuntar, otros requisitos e información complementaria del beneficio, ingresando a la página web: https://agenciadeempleo.comfamiliar.com/ y en la línea telefónica de atención al usuario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. y 1:30 a 6:00 p.m. PBX 3135799.


De esta forma seguimos demostrando que los aportes de nuestros empresarios a través de la prestación del 4%, tienen un efecto redistributivo positivo para nuestra región, aún más en tiempo de crisis.

#Ejealdía #Colombia #Risaralda #Pereira






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